Los presentes Estatutos de la Asociación de mujeres GURE IZARRAK de Berriz, nº de Registro AS/B/04607/1994, inscrita con fecha 19 de Mayo de 1994 han sido modificados de conformidad con lo establecido en la Ley 7/2007 de 22 de Junio de Asociaciones de Euskadi y la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de Marzo, reguladora del Derecho de Asociación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 9 y 10.13 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco.
Dicha Asociación se regirá por los preceptos de las citadas Leyes de Asociaciones, por los presentes Estatutos en cuanto no estén en contradicción con la Ley, por los acuerdos válidamente adoptados por sus órganos de Gobierno, siempre que no sean contrarios a la Ley y/o a los Estatutos, y por las disposiciones reglamentarias que apruebe el Gobierno Vasco, que solamente tendrán carácter supletorio.
La Asociación se inscribe sin ánimo de lucro.
1. Los fines de la Asociación son:
a. Fomentar el desarrollo de las mujeres en todos los ámbitos de la vida: social, cultural, político, empleo, salud… posibilitando actitudes, hábitos y comportamientos de automejora.
b. Desarrollar programas de formación cultural, de ocio y de tiempo libre.
c. Crear una red de apoyo a todas las mujeres del Municipio para llevar a cabo iniciativas y acciones para mejorar la calidad de vida en el entorno en el que se desenvuelven.
d. Establecer canales de comunicación y coordinación entre las distintas instituciones, Organismos y Comunidad.
e. Servir de portavoz o interlocutor en su caso, en defensa de los intereses colectivos de sus asociadas ante la Administración y otras Instituciones.
f. Cualquier otro no específicamente señalado en estos Estatutos, que favorezcan los fines de la asociación.